En el mundo del Derecho penal, hay pruebas que resultan clave para conocer la verdad de lo ocurrido. Una de las más relevantes es la prueba pericial, especialmente cuando se trata de informes médicos o psicológicos. Estos dictámenes no sólo aportan conocimientos técnicos que van más allá del entendimiento común, sino que muchas veces determinan si un acusado es imputable, si una víctima padece secuelas psicológicas o si existe una afectación real derivada de los hechos.
En este artículo queremos explicarte, de manera clara y con base en jurisprudencia solida del Tribunal Supremo, cómo se valora este tipo de prueba y en qué casos puede impugnarse.
El papel de la pericial en juicio: relevante, pero no vinculante
Cuando se presenta un informe pericial en un juicio penal, es habitual pensar que su contenido será definitivo. Sin embargo, esto no es así. El tribunal tiene la facultad de valorar libremente los dictámenes periciales. Así lo establece el artículo 348 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, aplicable supletoriamente en lo penal. Pero esa libertad no significa arbitrariedad: el juez o tribunal debe valorar la prueba conforme a lo que la jurisprudencia llama “reglas de la sana crítica”.
Estas reglas se refieren a criterios como la lógica, la experiencia, la coherencia del informe, la preparación del perito o la metodología empleada. Si el tribunal se aparta de esas pautas o toma decisiones contrarias a ellas sin explicación suficiente, su valoración puede ser impugnada.
En este sentido, el Tribunal Supremo, en su Sentencia 702/2015, de 15 de diciembre, recuerda que el dictamen de un perito no vincula al tribunal, pero sí requiere un análisis razonado cuando se acepta o se descarta. No basta con afirmar que “no convence”; hay que justificar por qué se otorga más peso a un informe que a otro, especialmente si existen varias periciales contradictorias.
Otro ejemplo lo encontramos en la STS 514/2016, donde se aclara que no se puede desvirtuar el contenido de un dictamen ni ignorar sus conclusiones sin una base lógica. El tribunal debe expresar claramente qué elementos del informe respalda o rechaza y por qué.
¿Y si hay varios informes? ¿Cuál vale más?
No hay una regla automática, el tribunal puede inclinarse por un informe de parte si lo considera más riguroso, más completo o mejor argumentado que el del perito judicial. Pero también es cierto que la jurisprudencia ha señalado que el perito judicial goza, en principio, de mayor imparcialidad, ya que no ha sido designado por ninguna de las partes.
La valoración adquiere un matiz especial cuando el perito comparece en juicio y ratifica oralmente su informe. En esos casos, la prueba adquiere un carácter personal que permite al juez observar directamente su lenguaje, su seguridad, la coherencia de sus respuestas y el dominio técnico. Esto le da al tribunal un margen más amplio para valorar su credibilidad, como reconoce la STS 467/2015, de 20 de julio.
¿Puede impugnarse una prueba pericial?
Sí, pero no basta con discrepar o estar en desacuerdo. Para que prospere una impugnación, se debe demostrar que el tribunal ha cometido un error patente, arbitrario o ilógico en la valoración del dictamen. Es decir, que su interpretación se aleja de lo que razonablemente podía concluirse a partir del informe.
El Tribunal Supremo, en su Sentencia 468/2019, de 17 de septiembre de 2019, establece claramente cuándo puede impugnarse con éxito la valoración de una pericia:
- Cuando se demuestra que hay errores evidentes.
- Cuando las conclusiones del tribunal son ilógicas o cuando se adopten criterios desorbitados o irracionales.
- Cuando se tergiversan las afirmaciones del perito, se falseen arbitrariamente sus dictados o se aparte del propio contexto del dictamen pericial
Por ejemplo, si en el juicio un psicólogo forense concluye que la víctima no presenta secuelas y el tribunal afirma lo contrario sin justificación o sin mencionar siquiera el informe, podría haber base para impugnar. Lo mismo si el tribunal selecciona fragmentos del informe sacándolos de contexto, o ignora un aspecto técnico clave que resultaba determinante para valorar los hechos.
No se trata, por tanto, de que un tribunal pueda escoger libremente qué informe le gusta más, sino de que debe justificarlo con argumentos técnicos y lógicos, especialmente cuando los informes son contradictorios.
Algunas cuestiones prácticas que conviene tener en cuenta
Si una de las partes considera que la prueba pericial practicada no ha sido tenida en cuenta adecuadamente, el recurso debe estar bien argumentado. Resulta clave señalar con claridad dónde se encuentra el error o la arbitrariedad en la sentencia, y acompañar esa crítica de jurisprudencia sólida, como la que hemos mencionado.
En ocasiones, el problema ni siquiera es la valoración del informe, sino el hecho de que se haya rechazado su práctica sin fundamento. En la STS 899/2021, de 21 de diciembre de 2021, se anuló una resolución por denegar la práctica de una pericial médica propuesta por una de las partes. El Tribunal consideró que esa denegación vulneraba el derecho de defensa y el principio de contradicción, ambos protegidos por el artículo 24 de la Constitución Española.
En resumen…
La prueba pericial médica o psicológica es, en muchos procedimientos penales, una de las piezas clave para sostener o desmontar una acusación. Su valor es muy alto, pero no es absoluto. Los tribunales tienen libertad para valorarla, pero no para hacerlo de forma arbitraria.
Si estás inmerso en un proceso penal en el que este tipo de pruebas juega un papel importante, contar con una defensa que entienda cómo se construye, defiende o impugna una pericial puede marcar una diferencia real en el resultado del caso.
Desde Absia Abogados, acompañamos a nuestros clientes tanto en la propuesta estratégica de estas pruebas como en su valoración crítica, garantizando que cada dictamen sea analizado desde el rigor jurídico y técnico que exige la jurisprudencia.